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Reglamento UE 2025/40 (PPWR) + RAP · aplicable 12-ago-2026

¿Te obliga la ley de envases (PPWR)?

Quien pone envases en el mercado asume los costes de su reciclaje (RAP) y debe registrarse. Las infracciones muy graves se multan con hasta 3.500.000 €. Responde 6 preguntas y descubre en 1 minuto tus obligaciones concretas — gratis y sin registro.

El Reglamento (UE) 2025/40 de envases es aplicable con carácter general desde el 12 de agosto de 2026.

Las infracciones muy graves del régimen español de envases (Ley 7/2022) se sancionan con hasta 3.500.000 €.

  1. 1. ¿Pones por primera vez en el mercado español productos envasados (los vendes con embalaje, etiqueta o film)?

  2. 2. ¿Importas a la UE o fabricas envases, o productos ya envasados, para venderlos aquí?

  3. 3. ¿Tus envases incluyen plástico (botellas, bandejas, film, blísteres, bolsas)?

  4. 4. ¿Haces venta online o envío a domicilio con embalaje propio (cajas, relleno, sobres acolchados)?

  5. 5. ¿Usas envases de transporte o agrupación reutilizables o de un solo uso (palés, cajas, retractilado, flejes)?

  6. 6. ¿Sirves comida o bebida para llevar / consumo inmediato (HORECA, take-away, vending)?

Pon en regla tus envases antes del 12 de agosto de 2026.

La sala de cumplimiento de TRESAAA centraliza la RAP de envases, el RGPD y el resto de obligaciones de tu empresa, con plantillas y seguimiento. Habla con nosotros.

Preguntas frecuentes sobre la ley de envases (PPWR)